Redeterminación de precios: cómo funciona y por qué se pierde por presentar tarde
Última revisión: La normativa cambia: se contrasta con la fuente oficial en cada revisión.
La redeterminación de precios es el mecanismo que actualiza los precios de un contrato de obra pública para mantener su equilibrio económico-financiero frente a la variación de costos. En el ámbito nacional argentino, el régimen fue aprobado por el Decreto 691/2016 y aplica a los contratos regidos por la Ley de Obra Pública 13.064. No estás pidiendo más plata: estás pidiendo que el precio pactado siga significando lo mismo.
Nota: el régimen ha sido modificado en varias oportunidades. Verificá el texto vigente y las normas provinciales o municipales que apliquen a tu contrato.
Un punto conceptual que conviene tener claro desde el principio: la redeterminación de precios en ningún caso constituye una modificación de un elemento esencial del contrato como es el precio, sino que constituye un mecanismo tendiente a mantenerlo actualizado a lo largo de toda la ejecución de los trabajos.
De dónde viene el régimen
Vale la pena el contexto porque explica el diseño.
El Decreto 1295 de 2002 había establecido un régimen para mantener la ecuación económico-financiera original de los contratos de obra pública, en el marco de la emergencia pública declarada por la Ley 25.561. Con el tiempo, la alteración de la ecuación económico-financiera importó un aumento significativo de los reclamos administrativos y judiciales, y un gran número de obras públicas quedaron paralizadas o con un grado de avance significativamente menor al que correspondía.
De ahí el reemplazo por el régimen del Decreto 691/2016, con el objeto de mantener el equilibrio económico financiero de los contratos de obra pública y consultoría de obra pública. El Anexo I de ese decreto fue posteriormente sustituido.
A qué contratos aplica
El artículo 2 del Decreto 691/2016 especifica que será aplicable a la Administración Pública nacional en los términos del artículo 8 inciso a de la Ley 24.156, esto es, la Administración central y los organismos descentralizados, incluidas las instituciones de seguridad social.
Se invita a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adherir.
Implicación práctica: si tu contrato es provincial o municipal, no asumas que aplica el régimen nacional. Verificá si esa jurisdicción adhirió, y con qué alcance. Es la primera pregunta que hay que responder y la que más se saltea.
Cómo funciona, en concreto
El mecanismo se estructura sobre estos elementos:
Variación de referencia. Un umbral de variación de costos que debe alcanzarse para que se habilite la redeterminación. Hasta que no se alcanza, no hay trámite.
Estructura de insumos y ponderaciones. La composición del costo de la obra por categorías de insumo, con el peso de cada una. Es el equivalente a un polinomio, y define cuánto te devuelve el mecanismo.
Adecuación provisoria. Un ajuste que se aplica de manera provisoria mientras se tramita la redeterminación definitiva. Es lo que evita que el contratista financie la diferencia durante todo el trámite.
Redeterminación definitiva. El cálculo final que consolida los precios redeterminados.
Los dos plazos que hay que conocer
Aquí está lo que más dinero cuesta ignorar.
El plazo de presentación. Si la solicitud de redeterminación y adecuación provisoria se presenta pasados 45 días corridos contados desde el último día del mes en que se alcanzó la variación de referencia, los nuevos precios se aplican a la parte de contrato faltante de ejecutar a la fecha de aquella solicitud.
Léelo con atención: presentar tarde no te hace perder el derecho, pero te hace perder la redeterminación sobre todo lo que ejecutaste entre el momento en que se habilitó y el momento en que presentaste. En una obra que avanza, eso puede ser una parte sustancial del contrato.
El atraso imputable al contratista. Existe una situación prevista en el artículo 12 del Anexo I, referida al incumplimiento de plazos por razones atribuibles al contratista, en cuyo caso corresponde efectuar la liquidación con los precios correspondientes a la fecha en que debieran haberse cumplido.
Es decir: si vas atrasado por tu culpa, la redeterminación se calcula como si hubieras cumplido el programa. El costo de la inflación durante tu atraso lo absorbés vos.
Corolario: documentar que un atraso no te es imputable no es solo una cuestión de plazo. Es también una cuestión de precio.
Los errores que cuestan
No monitorear la variación de referencia. Si nadie está mirando cuándo se alcanza el umbral, el reloj de los 45 días corre sin que te enteres.
Presentar fuera del plazo. Ya explicado, y es el error más caro y más frecuente.
No tener el respaldo del avance por periodo. El cálculo se apoya en qué estaba ejecutado y qué faltaba a cada fecha. Sin registro fechado y confiable de avance, el estudio se vuelve discutible.
Asumir que el régimen nacional aplica a un contrato provincial. Verificá la adhesión.
No documentar los atrasos ajenos. Sin constancia contemporánea, todo atraso se presume tuyo, y eso te mueve la fecha de liquidación de precios en contra.
Preguntas frecuentes
- ¿La redeterminación es automática?
- No. Es un trámite que se promueve y que tiene requisitos y plazos. Nadie va a venir a ofrecértela.
- ¿Qué pasa con las obras provinciales o municipales?
- Se rigen por el régimen de su jurisdicción, que puede ser una adhesión al nacional o un régimen propio. Es lo primero a verificar en cada contrato.
- ¿La redeterminación puede ser a la baja?
- El mecanismo busca mantener el equilibrio, y los regímenes de este tipo suelen contemplar la variación en ambos sentidos. Verificá el texto aplicable a tu contrato.
- ¿Se redeterminan las obras adicionales?
- Los trabajos incorporados posteriormente tienen su propia fecha base según cuándo se pactaron sus precios. Tratarlos con la fecha del contrato original distorsiona el cálculo.
- ¿Conviene contratar a un especialista?
- En contratos de cierto tamaño, casi siempre. El armado del expediente es técnico y una presentación deficiente prolonga el trámite meses. El costo del especialista suele ser una fracción de lo que está en juego.
Fundador y CEO de Paladio. Lleva más de 15 años creando productos financieros que impactan la vida de millones de personas. Escribe sobre lo que ve en obra: cómo se mide el avance de verdad y dónde se pierde el dinero.
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